SEM 2/2026 · RD 316/2026 · En vigor desde el 22 de junio de 2026
Marco normativo
El paso de la protección temporal (PT) a la residencia ordinaria se rige por cuatro normativas clave:
- RD 1325/2003 — Establece la obligación de tramitar la renuncia expresa a la PT tras obtener el nuevo permiso.
- RD 316/2026 — Reforma que abre el acceso a todas las residencias tramitables desde España.
- SEM 2/2026 — Instrucción que garantiza una interpretación uniforme en todo el territorio nacional.
Quién puede solicitar el cambio
Existen seis categorías principales de solicitantes según la instrucción:
1. Cuenta ajena
Contrato de trabajo (mín. 30h/semana) y nóminas de los últimos 3 meses. Ya no se aplica la limitación del mercado laboral.
2. Cuenta propia (Autónomo)
Alta vigente en Hacienda (Mod. 036) y acreditación de pagos de impuestos (Mod. 130/303).
3. Arraigo Sociolaboral
Requiere 2 años de estancia. Dato clave: el tiempo bajo protección temporal computa ahora íntegramente para este plazo.
4. Otros perfiles
Incluye nómadas digitales, inversores, profesionales altamente cualificados o arraigo socioformativo para estudiantes.
Cómputo y Larga Duración
La regla más relevante: los periodos de PT y de la nueva residencia se suman para obtener la residencia de Larga Duración UE.
- Se requieren 5 años de residencia legal continuada.
- Ausencias: máx. 6 meses seguidos y 10 meses totales en 5 años.
- Quienes llegaron en 2022 ya acumulan más de 4 años de cómputo.
Autorización de 5 años para menores
Es la gran ventaja para familias: mientras los padres obtienen 1 año, los menores reciben tarjeta por 5 años.
- Nacidos en España: Trámite simplificado desde el nacimiento.
- No nacidos en España: Basta con acreditar el vínculo familiar con el titular de la PT.
Perfiles específicos
- Sector IT: Acceso a la Ley 14/2013 como profesionales cualificados o nómadas digitales.
- Pensionistas: Modificación vía arraigo social o reagrupación familiar.
- Marinos: Modificación por cuenta ajena o paso directo a larga duración.
Qué hacer tras la resolución
- Resolución: Se recibe de forma telemática (SEDIPUALB).
- Renuncia expresa: Es obligatorio formalizar el abandono de la PT ante Extranjería.
- Toma de huellas: Cita para la expedición de la tarjeta TIE.
- Recogida: El nuevo TIE estará disponible en unos 35-45 días.


