Esta sección de «Casos» se ha elaborado a partir del análisis de publicaciones de abogados y despachos españoles durante 2026, en cinco áreas clave de práctica del despacho. Los casos son de carácter ilustrativo y reflejan situaciones habituales, no la descripción de asuntos concretos de clientes.
Caso 1 · Derecho de extranjería
Paso de protección temporal a residencia conforme a la Instrucción SEM 2/2026
Área: Derecho de extranjería
Situación. Un cliente con protección temporal, cuya vigencia expira el 4 de marzo de 2027, consultó si era posible acceder a otro tipo de residencia sin salir de España y sin esperar a que finalizara dicha protección.
El reto. La Instrucción SEM 2/2026 permite a los titulares de protección temporal acceder a otros tipos de estancia o residencia siempre que el procedimiento elegido admita la solicitud desde dentro de España, pero no garantiza el tránsito automático y exige elegir con precisión la vía adecuada (laboral, arraigo, reagrupación familiar, etc.) para la situación concreta del cliente.
Qué hicimos. Analizamos el historial laboral, la situación familiar y el periodo de residencia del cliente en España, seleccionamos la vía de tránsito óptima, preparamos el expediente completo y presentamos la solicitud desde dentro del país sin interrumpir su estatus legal.
Resultado. El cliente mantuvo la continuidad de su estancia legal en España y obtuvo una base de residencia independiente de la fecha de finalización de la protección temporal.
Caso 2 · Nacionalidad española
Expediente estancado y silencio administrativo
Área: Nacionalidad / naturalización
Situación. Una clienta solicitó la nacionalidad española por residencia. Transcurridos más de 12 meses desde que recibió un requerimiento de subsanación y respondió dentro de plazo, no había recibido resolución alguna.
El reto. Transcurrido un año desde la presentación sin resolución, se produce el llamado silencio administrativo, que formalmente equivale a una denegación, pero que en la práctica abre la puerta a un recurso contencioso-administrativo para forzar una resolución. La tendencia judicial de 2026 favorece claramente al ciudadano: los tribunales reconocen cada vez más que el retraso injustificado vulnera el derecho a una buena administración.
Qué hicimos. Preparamos y presentamos un recurso contencioso-administrativo, acreditando que todos los defectos requeridos habían sido subsanados en plazo y que se cumplían íntegramente los requisitos establecidos.
Resultado. El expediente se aceleró por vía judicial, en línea con la tendencia general: la gran mayoría de estos recursos terminan en concesión antes de llegar a sentencia.
Caso 3 · Derecho inmobiliario
Incumplimiento del contrato de arras y la doctrina del Tribunal Supremo (STS 178/2026)
Área: Inmobiliario / civil
Situación. Un cliente había entregado arras en la compra de un inmueble. El vendedor dio a entender posteriormente que no tenía intención de completar la operación, aunque sin manifestar formalmente el desistimiento.
El reto. El tipo de arras (confirmatorias, penales o penitenciales) determina las consecuencias del incumplimiento, desde exigir el cumplimiento específico del contrato hasta la devolución duplicada de la cantidad entregada. La cuestión clave era si la conducta evasiva del vendedor podía equipararse a un desistimiento efectivo aunque no se hubiera manifestado expresamente.
Qué hicimos. Apoyándonos en la Sentencia 178/2026 de 9 de febrero de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que estableció que la conducta de una parte que revela inequívocamente su voluntad de no cumplir puede operar funcionalmente como un desistimiento a efectos del artículo 1454 del Código Civil, construimos la posición jurídica del cliente y remitimos un requerimiento notarial seguido de la correspondiente demanda judicial.
Resultado. El cliente logró que se reconociera la conducta del vendedor como un desistimiento efectivo y obtuvo la indemnización prevista para los casos de incumplimiento, sin necesidad de esperar años a que la otra parte manifestara expresamente su renuncia.
Caso 4 · Derecho fiscal
Nómada digital, autónomo y residencia con efecto retroactivo
Área: Derecho fiscal
Situación. Un cliente se trasladó a España en agosto con visado de nómada digital y se dio de alta como autónomo de inmediato para trabajar con clientes españoles y extranjeros.
El reto. El alta como autónomo genera por sí sola un centro de intereses económicos en España, con independencia del número de días de estancia efectiva, por lo que la Administración estaba facultada para considerar al cliente residente durante todo 2026, incluidos los ingresos obtenidos antes del traslado.
Qué hicimos. Analizamos la estructura de ingresos del cliente durante todo el año, preparamos la justificación documental de la fecha real de inicio del centro de intereses en España y, en paralelo, planificamos para un familiar que se trasladaba más tarde un calendario de alta de actividad que evitara el mismo riesgo.
Resultado. El cliente obtuvo una justificación clara y defendible de la fecha de inicio de su residencia fiscal, y el familiar contó con un calendario de traslado planificado sin riesgo de residencia retroactiva.
Caso 5 · Derecho de familia
Familia en España — residencia “por defecto” para el cónyuge en el extranjero
Área: Familia y fiscal
Situación. Un cliente gestionaba su negocio en el extranjero y pasaba menos de 183 días al año en España, convencido de que la residencia fiscal no le afectaba. Su esposa e hijo menor residían de forma permanente en Barcelona.
El reto. La residencia permanente del cónyuge e hijo en España genera una presunción de residencia también para el propio cliente, con independencia de los días que él mismo pase en el país, salvo prueba en contrario.
Qué hicimos. Reunimos documentación que acreditaba un centro de intereses vitales independiente del cliente en el extranjero (vivienda permanente, residencia fiscal en otra jurisdicción, negocio principal) y revisamos el convenio de doble imposición aplicable entre España y el país donde desarrolla su actividad.
Resultado. La presunción de residencia quedó desvirtuada documentalmente, lo que permitió al cliente mantener su estatus fiscal previo sin afectar a la situación de residencia de su familia en España.


