...

Residencia pasiva en Andorra 2026: qué cambió la Ley 2/2026

Пассивная резиденция в Андорре 2026: что изменил Закон 2/2026

El 13 de febrero de 2026 entró en vigor la Ley 2/2026 (Omnibus 2), que reformó de manera sustancial la residencia pasiva —«residencia sin actividad lucrativa»—. El umbral mínimo de inversión pasó de 600.000 € a 1.000.000 €, y la aportación obligatoria a la Autoritat Financera Andorrana (AFA) dejó de ser reembolsable: 50.000 € para el solicitante principal y 12.000 € por cada dependiente. Si parte de la inversión se materializa en un inmueble, su valor debe superar los 800.000 €. También se introdujo una vía reducida a través del Fons d’Habitatge, con un umbral de 400.000 €, aunque su práctica administrativa todavía se está consolidando. Los residentes deben permanecer en el país al menos 90 días al año y no pueden trabajar ni desarrollar actividad empresarial en Andorra; todos los ingresos deben proceder del extranjero y superar el umbral aproximado de 54.900 € anuales. La nacionalidad solo se obtiene tras 20 años de residencia continuada. Dada la complejidad de los nuevos requisitos, elegir bien la vía y preparar correctamente el expediente resulta decisivo.

Otras publicaciones
Consulta de un abogado en España
Inscríbase para una consulta jurídica personal
El sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplica a él Política de privacidad y Términos de servicio Google. Al rellenar los campos del formulario, aceptas los términos Política de privacidad
Para mejorar el rendimiento del sitio y su experiencia de usuario, utilizamos cookies. Al continuar utilizando el sitio, usted acepta el uso de cookies.
Consulta
Hacer una pregunta al especialista
El sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplica a él Política de privacidad y Términos de servicio Google. Al rellenar los campos del formulario, aceptas los términos Política de privacidad