La residencia activa está pensada para quienes planean trabajar o desarrollar actividad empresarial en Andorra, por cuenta ajena o propia a través de una sociedad con un capital mínimo de 3.000 €. Exige una estancia superior a 183 días al año y, en el caso de los autónomos, un control real de la sociedad y una oficina efectiva. La residencia pasiva («sin actividad lucrativa»), en cambio, encaja con rentistas, jubilados y propietarios de negocios remotos con ingresos extranjeros: requiere una inversión desde 1.000.000 € (o 400.000 € vía Fons d’Habitatge), no permite trabajar en Andorra y solo exige 90 días de estancia anual. La elección depende de si se pretende vivir y trabajar realmente en Andorra o utilizarla como base fiscal manteniendo el negocio en el extranjero. En ambos casos, la nacionalidad solo se obtiene tras 20 años de residencia continuada.


