El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo anual sobre el patrimonio neto que en España se gestiona a nivel autonómico, por lo que el mínimo exento y los tipos varían notablemente según la comunidad. Los residentes tributan por «obligación personal» —por su patrimonio mundial—, mientras que los no residentes y quienes se acogen a la Ley Beckham tributan únicamente por los activos situados en España («obligación real»). Un mecanismo de protección relevante es el límite del 60%: la suma del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio no puede superar el 60% de la base imponible del IRPF, aunque existe un suelo mínimo de pago del 20% de la cuota íntegra del Patrimonio. Tras la sentencia del Tribunal Supremo alineada con la doctrina de la UE sobre libre circulación de capitales, los no residentes tienen derecho a aplicar este límite en las mismas condiciones que los residentes, y pueden solicitar la devolución del impuesto pagado en exceso en ejercicios anteriores dentro del plazo general de prescripción de 4 años.


