Una familia ucraniana propietaria de un inmueble en Alicante quería entender las consecuencias fiscales de transmitir sus activos a sus hijos. Le explicamos que el impuesto de sucesiones en España se regula a nivel autonómico y varía significativamente según la comunidad donde se ubican los bienes, y que los no residentes de la UE/EEE (y, en determinadas condiciones, de otros países tras las sentencias judiciales) aplican las bonificaciones autonómicas en igualdad de condiciones que los residentes. Preparamos un cálculo comparativo del impuesto según distintos escenarios de estructuración de la propiedad y redactamos un testamento coordinado con la legislación sucesoria ucraniana para evitar un conflicto entre ambas jurisdicciones.
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