Estatuto de los Trabajadores · SMAC · Plazo de 20 días hábiles
Derechos del trabajador ante un despido
El Estatuto de los Trabajadores regula de forma garantista la extinción del contrato de trabajo. En caso de que el despido sea calificado como improcedente (despido improcedente), el trabajador ostenta el derecho a la percepción de las siguientes cuantías:
1. Indemnización por despido
33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades (para la antigüedad posterior al 12 de febrero de 2012) o 45 días por año (para el periodo anterior a dicha fecha).
2. Liquidación y finiquito
Abono íntegro de salarios pendientes, partes proporcionales de pagas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026 se sitúa en 1.221 €/mes (RD 126/2026).
3. Imposición de costas procesales
Posibilidad de condena en costas a la empresa cuando la impugnación judicial resulta favorable al trabajador y se aprecia temeridad.
¡NO firme el documento de finiquito o carta de despido sin asesoramiento legal! Si le obligan a firmar en el acto, escriba de su puño y letra al lado de su firma: «NO CONFORME» e indique la fecha exacta de recepción.
Procedimiento de impugnación y plazos
El cómputo de los 20 días hábiles comienza al día siguiente de la notificación de la carta de despido. No se computan sábados, domingos ni festivos.
El procedimiento legal consta de los siguientes pasos:
- Papeleta de conciliación: Presentación ante el servicio administrativo (SMAC/CMAC). Su presentación suspende el plazo de 20 días durante un máximo de 15 días hábiles.
- Acto de conciliación: Celebración de comparecencia con la representación de la empresa para alcanzar un acuerdo indemnizatorio.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social: Si no hay acuerdo o la empresa no comparece, se interpone demanda judicial. El proceso toma entre 3 y 6 meses.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué hacer si la empresa me exige firmar para darme el finiquito?
Añada la coletilla «NO CONFORME» junto a la fecha real. Esta simple anotación preserva intacto su derecho a impugnar el despido en la vía laboral.
¿Cómo se cuentan los 20 días hábiles?
Solo se cuentan días laborables de lunes a viernes, excluyendo festivos locales, autonómicos y nacionales.
¿Puedo recuperar los honorarios del abogado?
En la jurisdicción social, en caso de estimación íntegra y de apreciarse mala fe o temeridad, el juez puede imponer las costas a la empresa.
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