Un cliente, propietario de una consultora, planeaba convertirse en residente fiscal de Andorra (183+ días al año) manteniendo parte de sus ingresos en España. Analizamos los riesgos del régimen español de salida (exit tax / modelo 720), verificamos que su futura sociedad andorrana no generase establecimiento permanente en España y preparamos la documentación para dar de baja correctamente la residencia fiscal española (modelo 030). Al existir un convenio para evitar la doble imposición entre España y Andorra, estructuramos la percepción de dividendos evitando una doble tributación.


