La liquidación de la AEAT no es un veredicto inapelable. Una parte considerable de las liquidaciones se anula mediante recurso ante el TEAR. Pero los plazos son estrictos.
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Datos clave y pasos
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1 mes desde la recepción de la notificación.
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Tres niveles de defensa
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- Recurso de Reposición (ante la AEAT) — 1 mes, gratuito
- Reclamación Económico-Administrativa (ante el TEAR) — 1 mes tras la denegación
- Recurso Contencioso-Administrativo (vía judicial) — 2 meses
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Motivos más frecuentes de anulación
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- Vulneración de plazos de notificación
- Insuficiente motivación de la liquidación
- Errores procedimentales en la inspección
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Caso: liquidación 23.400 € + sanción 30% → TEAR anuló la totalidad → el cliente ahorró 30.420 €.


