Código Civil Art. 22 · Pruebas CCSE y DELE A2 · Plazos de 3 a 24 meses
5 vías principales de adquisición
El Código Civil español (artículo 22) contempla cinco vías legales fundamentales para la tramitación de la nacionalidad por residencia u origen:
1. Plazo general por residencia
Se exige un periodo de 10 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
2. Cónyuge de ciudadano español
Plazo reducido de tan solo 1 año de residencia legal y matrimonio acreditado (o pareja de hecho registrada).
3. Nacionales de países iberoamericanos
2 años de residencia legal para nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, Andorra y Francia.
4. Sefardíes y méritos especiales
Concesión acreditando la condición de judeosefardí originario de España o por carta de naturaleza.
5. Por nacimiento u origen
Nacidos de padre o madre españoles o adoptados por nacionales españoles.
En la práctica, el Registro Civil exige prueba fehaciente de convivencia efectiva (empadronamiento conjunto, contratos, cuentas), examen CCSE apto y diploma DELE A2. La falta de pruebas de convivencia es la principal causa de denegación.
Procedimiento, plazos y jura
La solicitud se formaliza telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Los plazos reales de resolución en 2026 oscilan entre 3 y 24 meses según la carga del órgano tramitador.
Tras la concesión favorable, se realiza la jura notarial o ante el Registro Civil. En el acto del juramento, los solicitantes procedentes de países sin convenio de doble nacionalidad suscriben la declaración formal de renuncia a su nacionalidad anterior conforme al artículo 23 del Código Civil.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Computa la Protección Temporal para la residencia?
Sí. De acuerdo con la doctrina de la DGRN y la jurisprudencia, el periodo bajo el régimen de Protección Temporal computa como residencia legal a efectos de nacionalidad.
¿Es obligatorio el DELE A2 con titulación en español?
Los títulos universitarios oficiales expedidos por instituciones hispanohablantes pueden eximir de la prueba DELE. Se requiere análisis previo de la documentación.
¿Qué ocurre si no se supera el examen CCSE?
La prueba sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España puede repetirse. La inscripción se gestiona directamente a través del Instituto Cervantes.
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